• 06 ¿Qué otras órdenes emitió el Tribunal para la Paz?
    Jan 5 2026
    ¿Qué otras órdenes emitió el Tribunal para la Paz? En esta sentencia, la JEP emitió 77 órdenes judiciales orientadas a garantizar la ejecución de las Sanciones Propias y a asegurar los derechos de las víctimas a la verdad, la reparación y la no repetición de los crímenes.

    Estas órdenes fueron dirigidas a 52 entidades del Estado y se agrupan en tres grandes categorías:

    1. Reparación integral.
    2. Búsqueda de las personas desaparecidas
    3. Garantías institucionales de no repetición y seguridad jurídica.
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  • 05 ¿Qué proyectos restaurativos deberán realizar los comparecientes como parte de su sanción?
    Jan 5 2026
    Los proyectos restaurativos incluidos en esta sentencia se organizan en cuatro ejes temáticos:

    1. Memoria y Dignificación.
    2. Sanación, Armonización Territorial y Fortalecimiento Organizativo.
    3. Infraestructura Comunitaria.
    4. Productividad y Generación de Ingresos.

    El cumplimiento de la sanción es verificado por el Tribunal para la Paz, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la JEP, y con el acompañamiento de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia como componente internacional.
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  • 04 ¿Qué son las Sanciones Propias y los TOAR?
    Jan 5 2026
    Solo quienes aportan verdad y reconocen responsabilidad pueden acceder a las Sanciones Propias que impone la JEP.

    Estas sanciones buscan que, con sus propias manos, los responsables de graves crímenes contribuyan a reparar y restaurar los daños causados a las víctimas, las comunidades y los territorios.

    De los tres tipos de sanciones que impone la JEP, las Sanciones Propias son las únicas que no conducen a la cárcel, pero sí implican restricción efectiva de derechos y libertades durante el desarrollo de trabajos, obras y actividades con contenido restaurador y reparador (TOAR).
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  • 03 ¿En qué consiste el enfoque restaurativo que aplica la JEP?
    Jan 5 2026
    La JEP trabaja bajo un modelo distinto de justicia: la Justicia Transicional Restaurativa. En este modelo, las víctimas están en el centro.

    No se trata solo de abordar el crimen como una violación a la ley, sino de comprender cómo estos hechos afectaron a las personas, a sus familias, a sus comunidades y a sus territorios.

    Por eso, las Sanciones Propias que impone la Sección de Reconocimiento de Verdad buscan contribuir a reparar y restaurar, en la mayor medida posible, el daño causado durante el conflicto armado.
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  • 02 ¿Quiénes fueron los responsables sancionados por la JEP?
    Jan 5 2026
    La JEP impuso ocho años de Sanciones Propias a 12 antiguos integrantes del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’, por asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate en la Costa Caribe.

    Para llegar a esta decisión —y con ella, a la imposición de las sanciones—, la JEP adelantó un proceso riguroso: escuchó a decenas de víctimas, contrastó sus relatos con los de quienes reconocieron haberles causado daño y analizó una gran cantidad de información. En total, doce miembros retirados de la fuerza pública fueron sancionados. Todos pertenecían a esa unidad militar y fueron declarados máximos responsables, porque sin su participación estos crímenes no habrían ocurrido.
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  • 01 ¿Cuál es el fenómeno criminal que documentó la JEP?
    Jan 5 2026
    La JEP no investiga hechos aislados, sino que agrupa cientos de casos individuales en patrones de conducta que permiten comprender la magnitud de los delitos atribuidos a los comparecientes, la evolución de esas prácticas criminales y las dinámicas que las hicieron posibles.

    Este análisis también permite dimensionar los impactos físicos, psicológicos y sociales que esos crímenes dejaron en las víctimas, las comunidades y los territorios.

    La investigación judicial estableció que existió un fenómeno criminal sistemático: los asesinatos y desapariciones no fueron acciones individuales, sino una práctica organizada, continua y repetitiva dirigida contra la población civil.
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